Mexicanos podrán tener armas en su casa, dice decreto de la Guardia Nacional


El decreto publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación sobre la Guardia Nacional, indica que los mexicanos tendrán derecho a poseer armas en su domicilio.
Según el Artículo 10, uno de los reformados en el dictamen de la Guardia Nacional, indica que “los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva”.
Además, el Artículo añade que la ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en los que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”.
Otro de los Artículos reformados, el 16, señala que “cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención”.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, este miércoles 27 de marzo.

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